¿Por qué Costa Rica está en la lista negra de la Unión Europea?

Costa Rica está en la lista negra de la Unión Europea (UE) debido a que la legislación tributaria carece de controles que permiten evadir el pago del impuesto sobre las ganancias. Ósea la UE considera que el sistema tributario costarricense permite la doble no imposición, es decir, que una persona no pague impuestos ni en un país ni en otro.


Esto quiere decir que existen empresas que se inscriben en Costa Rica, bajo la jurisdicción nacional pero que funcionan sin empleados, sin oficinas físicas, no se inscriben en la Caja Costarricense de Seguro Social ni pagan impuesto de renta; sus operaciones o actividades económicas son llevadas en otros países donde tampoco pagan impuesto sobre las ganancias.


Juan Pablo Arias, Economista de la Bolsa Nacional de Valores, explicó a diferentes medios que el hecho de que el país esté en la lista negra de la Unión Europea no implica sanciones, pero si daña la imagen a nivel internacional.


“Un país como Costa Rica que se ha declarado libre de paraísos fiscales, que su gobierno tiene títulos de inversión en mercados internacionales y que cuenta con una economía que permite la libre movilidad de capitales o recursos financieros con relativamente pocas restricciones, no sería bien vista ante los inversionistas extranjeros que permanezca en esta o en cualquier otra lista negra o lista de paraísos fiscales”, añadió Arias.


Ahora, para salir de esa lista, se debe hacer una modificación al Código de Procedimientos Tributarios para que se prohíba que una empresa no pague impuesto de renta en Costa Rica. Para este proceso hay diferentes formas de implementarlo y ese es el pulso que se ha discutido en la Asamblea Legislativa.

¿En qué consiste el proyecto?

La ley exigirá a las empresas de papel o de maletín pagar impuesto de renta sobre los ingresos que obtengan en el exterior, producto de rentas pasivas.

¿Qué vetó el presidente?

Chaves vetó la reforma al artículo 1 de la Ley de Impuesto de Renta, la cual impedirá a Tributación cobrar impuesto sobre las ganancias obtenidas por personas y empresas reales en el exterior.


La ley dejará en claro que, con excepción de las compañías de papel, Tributación solo puede gravar los ingresos que se producen dentro de los límites geográficos del territorio nacional.


Chaves alega que esa reforma impedirá cobrar impuestos por ¢36.000 millones a empresas que invirtieron en el exterior, con base en una interpretación de Tributación, respaldada por la Sala I y la Sala IV, según la cual el fisco puede gravar ganancias obtenidas afuera si estas son producto de inversiones hechas con dinero de fuente costarricense.


Chaves propuso cambiar el proyecto para cobrar impuesto sobre todo ingreso obtenido en el exterior si la inversión se hizo con recursos generados en el país.

¿Qué argumentaron para resellar los diputados?

Los legisladores de oposición, señalan que la reforma era necesaria para eliminar la “discrecionalidad administrativa”, señalada por la UE, entre lo que señala el artículo 1 de la Ley de Impuesto de Renta y las resoluciones de las salas I y IV.

Argumentaron que la situación actual genera inseguridad jurídica.
Asimismo, consideraron que la contrapropuesta de Chaves equivalía a crear más impuestos y a introducir el esquema de renta mundial, en vez del sistema de renta territorial.

¿Qué son las empresas de papel y las inversiones pasivas?

Las empresas de papel son las que utilizan países con portillos tributarios para colocar capitales y administrar inversiones sin pagar impuestos; no tienen una actividad económica real, no tienen empleados, infraestructura ni asumen los riesgos de una producción.


En tanto, las inversiones pasivas son aquellas en las que se coloca el dinero en un activo financiero con el propósito de obtener rendimientos, sin una participación activa en la gestión o dirección del negocio. A estas se les cobraría impuesto de renta por ganancias en el exterior producto de:


Inversiones bursátiles
Dividendos de acciones de empresas
Ganancias de capital, las cuales provienen de sobreprecios obtenidos en la venta de los títulos valores, como los bonos de deuda pública que se compran a un precio y luego se revenden para satisfacer necesidades de liquidez.
Ganancias de capital inmobiliario, entendidas como las generadas por concepto de arrendamientos, subarrendamientos y la transferencia de derechos sobre bienes inmuebles.
Regalías por el uso temporal de patentes.

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