TSE habilita que partidos políticos puedan hacer actividades en sitios públicos

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) anuncio que a partir de este lunes 4 de setiembre iniciará el plazo para que las agrupaciones partidarias presenten al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), sus solicitudes de permiso para realizar reuniones u otras actividades proselitistas en zonas o sitios públicos.

Las solicitudes de autorización podrán presentarse hasta con doce días hábiles de antelación a la celebración de la actividad.
Según lo establece el artículo 137 del Código Electoral, las manifestaciones, los desfiles u otras actividades, que quieran realizar los partidos en plazas, parques, vías u otros sitios públicos, deberán contar con el permiso de las autoridades administrativas correspondientes y, a partir de la Convocatoria a Elecciones (que tendrá lugar el próximo miércoles 4 de octubre), también, con la autorización del TSE.


El Cuerpo Nacional de Delegados del organismo electoral, es al que corresponderá conocer y resolver las solicitudes presentadas por las agrupaciones, así como brindar el acompañamiento a los partidos durante la etapa de realización de las actividades.


Para solicitar los permisos correspondientes, el TSE habilitará una pestaña en su página web -disponible a partir del 4 de setiembre- en la que se podrá completar el formulario en línea en el sitio www.tse.go.cr, y luego presentarlo debidamente firmado, en la Ventanilla Única de la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos (ubicada en la planta baja de la sede central del TSE). De igual manera, la documentación se puede presentar en las 32 oficinas regionales o, incluso enviar el formulario con firma digital al correo pasp@tse.go.cr.


El TSE pone a disposición de los interesados, los teléfonos 2547-4820, 2287-5766 y las direcciones electrónicas pasp@tse.go.cr o delegadostse@tse.go.cr, para atender consultas sobre esta materia o el estado de las solicitudes.


Por disposición legal (según se indica en el artículo 9 del Reglamento para autorizar actividades de los partidos políticos en sitios públicos), las agrupaciones no podrán organizar reuniones o mítines en zonas públicas, en un mismo distrito electoral durante una misma fecha. Tampoco les será permitido celebrarlas durante el período comprendido entre el 16 de diciembre de 2023 y el 1º de enero de 2024, ambas fechas inclusive.


Dicha restricción es extensiva a los seis días inmediatos previos al día de las elecciones, así como el propio 4 de febrero. Es decir, el domingo 28 de enero de 2024, será el último día para que los partidos políticos puedan realizar este tipo de actividades.


El TSE también les recuerda que no se podrán reunir en puentes, intersecciones de vías públicas ni frente a templos religiosos, estaciones de bomberos o de la Cruz Roja. Tampoco están permitidos los encuentros a menos de doscientos metros de los hospitales o las dependencias de la autoridad de policía, ni de centros educativos cuyas funciones normales puedan resultar perjudicadas.


Por su parte, la autoridad retirará, a una distancia prudencial, a toda persona o grupo que perturbe o intente obstaculizar una reunión o manifestación política. Los clubes de las demás agrupaciones ubicados en las proximidades del sitio, en donde otro partido político efectuará su manifestación o reunión pública, permanecerán cerrados durante las veinticuatro horas del día respectivo.
División Territorial.


Además, según lo establece el cronograma electoral, a partir del 4 de setiembre debe estar disponible la División Territorial Electoral para las elecciones municipales 2024.


Esta consiste en la distribución del territorio nacional, a partir de la división político-administrativa, para crear los distritos electorales con el fin de brindarle la mayor comodidad al electorado y que puedan votar más cerca de donde viven.


El material ya se encuentra disponible para consulta en el siguiente enlace: https://www.tse.go.cr/pdf/normativa/5-2023-Div_territorial_electoral_para_elec_4feb2024.pdf

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