Este martes la Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo en la que se condena al Estado por las expresiones contra periodistas en una de las conferencias de prensa por parte del mandatario, Rodrigo Chaves.
Según la Sala Constitucional, a los funcionarios públicos les asiste el derecho en algunos casos de formular críticas “aún vehementes” contra los medios y periodistas, si consideran que el tratamiento de las noticias es injusta, falaz o desmedida.
“Sin embargo, la Sala Constitucional determinó que ciertas expresiones y vocablos usados por los funcionarios, no se justifican y sí constituyen un exceso, por lo que podrían promover el hostigamiento contra los medios y periodistas aludidos”, dice el comunicado de la Sala.
El recurso de amparo fue interpuesto por un periodista del medio digital CR Hoy contra el presidente de la República, Rodrigo Chaves, por haber usado insultos para referirse al comunicador y su trabajo durante una conferencia de prensa el pasado mes de enero en el Instituto Nacional de Seguros.
Mientras tanto, Jorge Rodríguez, ministro de Comunicación, resaltó que los funcionarios están facultados para hacer críticas vehementes a los medios y periodistas, cuando los periodistas difunden noticias falaces o desmedidas.
Ante la situación acontecida contra el periodista, los magistrados condenaron al Estado.
“Se declara parcialmente con lugar el recurso. Los magistrados Cruz Castro, Rueda Leal, Araya García y la magistrada Garro Vargas consignan notas por separado. Se condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo”, dicta el por tanto emitido por la Sala bajo la resolución 2023-012085.